
Para definir las áreas o zonas alrededor de la Central que requieren medidas de protección a la población y cuáles deben ser esas medidas, se han observado las regulaciones establecidas al respecto por la Comisión Nacional de Seguridad Nuclear y Salvaguardias.
Dichas regulaciones establecen dos zonas de planeación para emergencias:
- Zona Vía Pluma.- Área con radio de 16 km, con centro en los reactores de la CNLV.
- Zona Vía Ingestión.- Área con radio de 80 km, con centro en los reactores de la CNLV, con posibilidades de ampliarse hasta donde la situación lo requiera.
En la Zona Vía Pluma, la principal vía de exposición al material radiactivo se debe a la inhalación del mismo proveniente del penacho o nube durante su desplazamiento y difusión en la atmósfera.
En la Zona Vía Ingestión, la principal vía de exposición se debe a la ingestión de aguas superficiales, alimentos contaminados y por el material radiactivo depositado en el suelo.

Imprimir

